Para entender las diferencias empezaremos por definir qué son los bienes. Pues son aquellas posesiones de una persona o empresa consideradas de utilidad y cuentan con un valor económico, y pueden ser de dos tipos: bienes muebles y bienes inmuebles.
Bienes Inmuebles
Se podría decir que se refiere a posesiones que están anclados al suelo, entonces también se le podría llamar bienes raíces. Estos se inscriben en el Registro de la Propiedad para que los titulares tengan mayor grado de protección sobre el mismo. Ejemplo: edificios, tu casa, una oficina, entre otros.
Bienes Muebles
Son aquellos que pueden trasladarse con facilidad de un lugar a otro, y deben tener como característica principal el mantener su integridad completa. Como, por ejemplo: un televisor, escritorio, entre otros que se puedan cambiar de lugar sin que estos modifiquen o alteren sus funciones.
Para entenderlo con mayor facilidad lo reflejaremos en un cuadro de caso
BIENES MUEBLES | BIENES INMUEBLES |
Los vehículos terrestres de cualquier clase. | El suelo, subsuelo y sobresuelo. |
Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación. | El mar, lagos, ríos, manantiales, corrientes de agua, aguas vivas o estanciales. |
Las construcciones en terreno ajeno, hechas para un fin temporal. | Las minas, carteras y depósitos de hidrocarburos. |
Los materiales de construcción o procedentes de una demolición si no están unidos al suelo. | Los diques y muelles. |
Los títulos valores de cualquier clase o los instrumentos donde conste la adquisición de créditos o derechos personales | Las concesiones para explotar servicios públicos. |
Los derechos patrimoniales de autor, inventor, de patentes, nombres, marcas y otros similares. | Las concesiones mineras obtenidas por las particulares. |
Las rentas o pensiones de cualquier clase. | Los derechos sobre inmuebles inscribibles en el registro. |
Las acciones o participación que cada socio tenga en sociedades o asociaciones, aunque a éstas pertenezcan bienes inmuebles. | Los demás bienes a los que la ley les confiere tal calidad. |
¿Cómo se clasifican los bienes?
Tenemos 5 subcategorías que vamos a describir con un breve ejemplo para poder entender con mayor facilidad.
Bienes Corporales e Incorporales
- Corporales: son los bienes que ocupan un espacio y puede ser percibido, ejemplo: una casa y un carro.
- Incorporales: se refiere a bienes que no son materiales, pero sí son objeto de derechos. Se pueden percibir de manera intelectual pues son abstractas, ejemplo: derechos de autor y derechos reales.
Bienes Fungibles e Infungibles
- Fungibles: son bienes que pertenecen a un determinado género, pero no tienen individualidad propia y distinta, ejemplo: dinero, arroz, animales, entre otros.
- Infungibles: estos bienes tienen individualidad propia, por lo tanto, no pueden ser sustituidos por otros, ejemplo: el cuadro de la Gioconda de Leonardo da Vinci.
Bienes Consumibles e No consumibles
- Consumibles: se refieren a aquellos bienes que desaparecen como los alimentos, el combustible o el dinero.
- No consumibles: son bienes que no se destruyen con su uso, por ejemplo: un libro, la ropa o electrodomésticos.
Bienes Divisibles e Indivisibles
- Divisibles: estos bienes pueden ser susceptibles de entregarse en partes, sin deteriorar su esencia o su valor económico, por ejemplo: las sumas de dinero, los predios y el vino.
- Indivisibles: suelen ser lo que no son susceptibles de fraccionamiento como los derechos de la hipoteca y servidumbre, un animal o un libro.
Bienes Registrables e No registrables
- Registrables: debido al importante valor económico y en virtud de su posible identificación individual son susceptibles de una protección registral específica, se puede mencionar un avión, aeronave, buque, entre otros.
- No registrables: se refiere a muebles con poca importancia económica y difícil identificación individual están sustraídas a la publicidad registral por lo que se regirán por un sistema distinto al de los bienes muebles registrables.